Tabla de contenidos
Legislación y Normativas para la realización de Campamentos, por Comunidades Autónomas
Organizar un campamento para niños o jóvenes es una tarea llena de responsabilidades. No solo se trata de garantizar la diversión y el aprendizaje, sino también la seguridad y el bienestar de todos los participantes. Para ello, es fundamental conocer la legislación y normativas que regulan la realización de campamentos.
Legislación a nivel nacional:
En España, la Ley 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud establece el marco general para la organización de actividades de tiempo libre educativo, incluyendo los campamentos. Esta ley define los derechos y deberes de los participantes, así como las responsabilidades de las entidades organizadoras.
Normativas a nivel autonómico:
Cada comunidad autónoma tiene su propia normativa específica para la organización de campamentos. Estas normativas suelen regular aspectos como:
- Requisitos de las instalaciones: Las instalaciones del campamento deben cumplir con las condiciones de seguridad e higiene.
- Ratio de monitores: Se establece un número máximo de participantes por cada monitor.
- Formación de los monitores: Los monitores deben tener la formación adecuada para el cuidado y la animación de niños y jóvenes.
- Programación de actividades: Las actividades del campamento deben ser educativas y lúdicas, y deben estar adaptadas a la edad de los participantes.
- Seguridad y primeros auxilios: Se deben establecer medidas para garantizar la seguridad de los participantes y se debe contar con un plan de primeros auxilios.
- Recomendaciones:
- Consultar la normativa vigente: Antes de organizar un campamento, es fundamental consultar la normativa específica de la comunidad autónoma en la que se va a realizar.
- Solicitar la autorización correspondiente: En la mayoría de los casos, se requiere una autorización administrativa para la organización de un campamento.
- Contar con un seguro de responsabilidad civil: Es importante contar con un seguro que cubra los posibles riesgos que puedan surgir durante el campamento.
- Formar al personal adecuadamente: Los monitores deben tener la formación adecuada para el cuidado y la animación de niños y jóvenes.
- Elaborar un programa de actividades completo y seguro: Las actividades del campamento deben ser educativas y lúdicas, y deben estar adaptadas a la edad de los participantes.
- Garantizar la seguridad de los participantes: Se deben establecer medidas para garantizar la seguridad de los participantes y se debe contar con un plan de primeros auxilios.
- Recursos útiles:
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Instituto de la Juventud (INJUVE): - Comunidades Autónomas: En los sitios web de las comunidades autónomas se puede encontrar información sobre la normativa específica para la organización de campamentos en cada territorio.
- Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
El Seguro de Responsabilidad Civil:
El seguro de responsabilidad civil es una herramienta fundamental para proteger a la organización del campamento frente a posibles reclamaciones por daños a terceros. Este tipo de seguro cubre los siguientes aspectos:
- Daños materiales: Cubre los daños que puedan sufrir las instalaciones del campamento o los bienes de los participantes.
- Daños personales: Cubre los gastos médicos y de hospitalización en caso de que un participante sufra un accidente o enfermedad durante el campamento.
- Responsabilidad civil: Cubre la responsabilidad de la organización del campamento en caso de que se produzca un daño a un tercero como consecuencia de la actividad del campamento.
Es importante elegir un seguro de responsabilidad civil que se ajuste a las necesidades específicas del campamento. Se debe tener en cuenta el número de participantes, la edad de los mismos, las actividades que se van a realizar y el tipo de instalaciones que se van a utilizar.
A continuación, te proporcionamos una tabla detallada que resume los requisitos específicos para cada comunidad autónoma en España. Estas normativas son esenciales para llevar a cabo cualquier actividad vinculada a campus, campamentos o eventos deportivos, como cursos de buceo, escalada, torneos de fútbol y torneos de fútbol amateur. ¡Consulta los requisitos correspondientes a tu ubicación y asegúrate de cumplir con todas las regulaciones para disfrutar de manera segura y legal de estas emocionantes actividades!
Legislación por comunidades:
Comunidad Autónoma | Normativa | Marco Normativo | Personal | ¿Requiere autorización y/o comunicación? | Plazos | Documentación Solicitud | Documentación Actividad |
---|---|---|---|---|---|---|---|
Andalucia | DECRETO 45/2000, de 31 de enero, sobre la organización de acampadas y campamentos juveniles en Andalucía.ORDEN de 11 de febrero de 2000, por la que se desarrolla el Decreto 45/2000. ORDEN de 1 de julio de 2005, por la que se modifica la de 11 de febrero de 2000, por la que se desarrolla el Decreto 45/2000. | Denominación: Campamentojuvenil.Participantes: Más de 10.Días: Más de 5 días y hasta 3 meses. | Personal: 1 coordinador fuera de ratio. Hasta 12 años: Ratio monitores 1/10. Más de 12 años: Ratio 1/15. Monitores Prácticas: No superior al 33% de titulados. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Con suficiente Antelación. Para campas de verano, entre el 15 de marzo y el 15 Abril. RESPUESTA:En 15 días o por silencio administrativo superado ese plazo. Para los campus de verano empiezan a contar tras el fin del plazo de presentación. | Decreto 45/200. Capítulo IV. | La misma documentación presentada en la solicitud de autorización. |
Aragón | LEY 6/2015, de 25 de marzo, de Juventud de Aragón.DECRETO 74/2018, de 24 de abril, del Gobierno de Aragón | Denominación: Colonias.Participantes: Actividades con menores.Días: Más de 2 pernoctas. | Personal: 1 coordinador fuera de ratio. Ratio monitores 1/10. Al menos el 75% titulados. Monitores Prácticas: Encajan en el 25% restantes. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 20 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 74/2018. Capítulo II. Artículo 10. | Decreto 74/2018. Capítulo III. Artículo 14. |
Asturias | DECRETO 76/1998, de 17 de diciembre, por el que se regulan las actividades juveniles de aire libre en el Principado de Asturias.DECRETO 23/2018, de 6 de junio, de primera modificación del Decreto 76/1998, de 17 de diciembre, por el que se regulan las actividades juveniles de aire libre en el Principado de Asturias. | Denominación: Colonias.Participantes: más de 6, que sean menores de 30 años.Días: Más de 3 días. | Personal: Hasta 15 participantes: 1 coordinador y 1 monitor. Más de 15 participantes: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio 1/10. Monitores Prácticas: Sin entrar en ratio y sin superar el 33% de lostitulados. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 10 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:En 30 días o por silencio administrativo superado ese plazo. | Decreto 23/2018. Artículo 8. | Decreto 76/1998. Artículo 7 y y Decreto 23/2018. Artículo 5. |
Baleares | LEY 10/2006, de 26 de julio, integral de la juventud.DECRETO 23/2018, de 6 de julio, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 10/2006, de 26 de julio, Integral de la Juventud. | Denominación: Colonias.Participantes: más de 10, edades entre 3 y 18 años.Días: Más de 2 días consecutivos o no consecutivos. | Personal: 1 coordinador fuera de ratio. Ratio monitores 1/10. 1 más por cada fracción de 5 o superior. Al menos el 50% titulados. Monitores Prácticas: Encajan en el 50% restantes. | SI, No especifica si existe modelo oficial | SOLICITUD:No especifica. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 23/2018. Capítulo III. Artículo 46. | La misma documentación presentada en la solicitud de autorización. |
C Valenciana | LEY 18/2010, de 30 de diciembre, de juventud de la Comunitat Valenciana.DECRETO 86/2015, de 5 de junio, del Consell, por el que se desarrolla la Ley 18/2010. | Denominación: Centro deVacaciones.Participantes: menores de edad.Días: A partir de 1 pernocta. | Personal: Hasta 50 participantes: Monitores en ratio 1/12. Más de 50 participantes: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio1/12. Todos titulados. Monitores Prácticas: 2 por cada titulado. | No especifica. | SOLICITUD:No especifica. RESPUESTA:No especifica. | No especifica | No especifica. |
Canarias | LEY 7/2007, de 13 de abril, Canaria de Juventud. | Depende del Cabildo Insular | Personal: Depende del Cabildo Insular | Depende del Cabildo Insular | Depende del Cabildo Insular | Depende del Cabildo Insular | Depende del Cabildo Insular |
Cantabria | LEY 4/2010, de 6 de julio, de educación en el tiempo libre. | Denominación: noespecifica.Participantes: menores de edad.Días: A partir de 1 pernocta. | Personal: No especifica. | Actividadesde 1 y 2 pernoctas requieren comunicación. Actividades de 3 o más pernoctas requieren autorización. No especifica si hay modelo oficial. | SOLICITUD:Hasta 30 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | No especifica. | No especifica. |
Castilla La Mancha | DECRETO 73 de 1999, regula la Animación Juvenil. | Denominación: noespecifica.Participantes: no especifica.Días: no especifica. | Personal: No especifica. | No especifica. | SOLICITUD:No especifica. RESPUESTA:No especifica. | No especifica. | No especifica. |
Castilla y León | LEY 11/2002, de 10 de julio, de Juventud de Castilla y León.DECRETO 117/2003,de 9 de octubre, por el que se regulan las líneas de promoción juvenil en Castilla y León.ORDEN FAM/203/2016, de 14 de marzo, por la que se desarrolla el Título III de las actividades juveniles de tiempo libre, del Decreto 117/2003. | Denominaciónes:Actividades de aire libre: aquellas con más de cuatro pernoctaciones continuadas en el mismo o en diferentes lugares y que se desarrollan generalmente en un entorno natural.Actividades juveniles de tiempo libre: las actividades de tres pernoctaciones, o menos. Participantes: más de 9. | Personal: Act. Aire libre:Hasta 100 participantes: ratio monitores 1/13 y coordinador/director obligatorio a partir de 30 participantes. Más de 100 participantes: director/coordinador obligatorio y ratio monitores 1/10. Todos titulados. Act. tiempo libre.Hasta 100 participantes: ratio monitores 1/25 o fracción. Más de 100 participantes: ratio 1/25 y requiere un coordiandor. Monitores Prácticas: 1 por cada titulado. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 7 días naturales antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 117/2003. Capítulo III. Artículo 43.Orden FAM 203/2016. Capítulo II. | Orden FAM 203/2016. Capítulo III. Artículo 6. |
Cataluña | LEY 33/2010, de 1 de octubre, de políticas de juventud.DECRETO 267/2016, de 5 de julio, de las actividades de educación en el tiempo libre. | Denominación: Colonias.Participantes: más de 4, que sean menores de edad.Días: más de 2 pernoctas. | Hasta 25 participantes: Monitores en ratio 1/10. Uno más por cada fracción menor a 10. Titulados el 40%. Más de 25 participantes: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio1/10. Uno más por fracción superior a 4. Titulados el 60% Monitores Prácticas: encajan en el % de no titulados. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 7 días antes del comienzo de la actividad si se hace de forma electrónica. Hasta 20 días antes del comienzo de la actividad si se hace por registro. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 267/2016. Artículo 10. | Decreto 267/2016. Artículo 12. |
Extremadura | LEY 2/2003, de 13 de marzo, de la convivencia y el ocio de Extremadura.DECRETO 135/2005, de 7 de junio, por el que se desarrolla la Ley 2/2003.DECRETO 234/2009, de 6 de noviembre, por el que se regula la Acampada Juvenil como actividad de ocio y tiempo libre juvenil en la Comunidad Autónoma de Extremadura. | Denominación: Acampada Juvenil.Participantes: más de 9.Días: A partir de 1 pernocta. Modalidad A: Acampada con pernoctaciones inferiores a tres noches. Modalidad B: Acampada con pernoctaciones de tres a cinco noches | 1 coordinador fuera de ratio. Ratio monitores 1/10. Monitores Prácticas: no especifica. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 30 días antes del comienzo de la actividad para la modaliad A.Hasta 60 días antes del comienzo de la actividad para la modalidad B. RESPUESTA:No especifica. | Decreto234/2009. Artículo 7. | Decreto234/2009. Artículo 9. |
Galicia | LEY 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia.DECRETO 50/2000, de 20 de enero. Refunde y actualiza la normativa vigente en materia de juventud. | Denominación: Otras actividadesde aire libre.Participantes: más de 9.Días: más de 2 pernoctas. | Personal: 1 coordinador fuera de ratio.Ratio monitores 1/10. Al menos el 50% de los monitores titulados.Monitores Prácticas: Inferior al número de monitores titulados. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 20 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:Hasta 10 días. | Decreto 50/2000. Capítulo III. | Decreto 50/2000. Capítulo III. Artículo 49. |
La Rioja | LEY 7/2005, de 30 de junio, de Juventud de La Rioja.DECRETO 4/2012, de 2 de marzo, por el que se aprueba el reglamento de acampadas juveniles en la Comunidad Autónoma de La Rioja. | Denominación: ColoniasParticipantes: más de 10. Entre 14 y 30 años.Días: desde 5 días a 3 meses. | Personal: Hasta 14 participantes o 4 días: Monitores en ratio 1/10. No requiere coordinador Más de 15 participantes y 5 días: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio 1/10. Uno más por fracción de 5 o superior. Todos titulados. Monitores Prácticas: 1 por cada titulado. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 40 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:Hasta 30 días o por silencio administrativo superado ese plazo. | Decreto 4/2012. Capitulo V. Artículo 9. | Decreto 4/2012. Capitulo II. Artículo 6. |
Madrid | LEY 8/2002, de 27 de noviembre, de Juventud de laComunidad de Madrid.DECRETO 7/1993, de 28 de enero, por el que se aprueba el Reglamento sobre regulación de lasacampadas juveniles en el territorio de la Comunidad de Madrid. | Denominación: ColoniasParticipantes: más de 14.Días: desde 7 días a 3 meses. | Personal: Hasta 25 participantes: Monitores en ratio 1/10. No requiere coordinador Más de 25 participantes: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio 1/10. Uno más por fracción de 5 o superior.Monitores Prácticas: no especifica. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 20 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 7/1993. Capítulo II. Artículo 5. | Decreto 7/1993. Capítulo III. Artículo 9. |
Murcia | LEY 6/2007, de 4 de abril, de Juventud de la Región de Murcia.DECRETO n.º 80/2013, de 26 de julio, por el que se regulan las actividades juveniles de ocio y tiempo libre en el territorio de la Región de Murcia. | Denominación: noespecifica.Participantes: más de 9. Entre 12 a 30 años.Días: más de 2 pernoctas. | Personal: 1 coordinador fuera de ratio. Ratio monitores 1/10, con grupo de menores de edad. Todo monitores titulados.Monitores Prácticas: No superior al 50% de monitores titulados. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 15 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 80/2013. Capítulo 3. Artículo 9. | Decreto 80/2013. Capítulo 3. Artículo 9. |
Navarra | LEY FORAL 11/2011, de 1 de abriL, de Juventud.DECRETO FORAL 107/2005, de 22 de agosto, por el que se regulan las actividades de jóvenes al aire libre en la Comunidad Foral de Navarra. | Denominación: noespecifica.Participantes: más de 10. Menores de 30 años.Días: más de 2 pernoctas. | Personal: Hasta 20 participantes: Monitores en ratio 1/10. No requiere coordinador Más de 20 participantes: 1 coordinador fuera de ratio. Monitores en ratio 1/10. Monitores Prácticas: no especifica. | SI, Existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 20 días antes del comienzo de la actividad para actividades con menos de 50 participantes.Hasta 30 días antes del comienzo de la actividad para actividades con más de 50 participantes. RESPUESTA:Hasta 10 días. | Decreto 107/2005. Artículo 7. | Decreto 107/2005. Artículo 9. |
País Vasco | DECRETO 170/1985, 25 de Junio por el que se regula el régimen de campamentos, colonias, colonias abiertas, campos de trabajo y marchas volantes infantiles y juveniles. | Denominación: Colonias.Participantes: más de 6, que sean menores de edad.Días: más de 2 pernoctas. | Personal: Hasta 10 participantes: Un monitor. No requiere coordinador. Más de 10 participantes: Por cada 15 participantes que sobrepasen a los 10 primeros, encada grupo habrá de contarse con otro monitor. Monitores titulados el 40%. Monitores Prácticas: encajan en el % de no titulados. | SI, No especifica si existe modelo oficial | SOLICITUD:Hasta 80 días antes del comienzo de la actividad. RESPUESTA:No especifica. | Decreto 170/1985. Articulo 5. | La misma documentación presentada en la solicitud de autorización. |
Precio para seguros para campus
El seguro para campamentos, campus y escuelas de verano-
R.C.Explotación 300 € / 600 € / 900 € / 1.200.000 €
-
Monitores y técnicos
-
RC Accidentes de Trabajo
-
RC Locativa
-
Defensa Jurídica y fianzas penales
-
Asistencia sanitaria
-
Asistencia sanitaria en centro concertado
-
Accidentes de los voluntarios (< 25)
-
Sublímite por víctima